El procedimiento "venta ambulante" regula el otorgamiento de la licencia de puesto para venta ambulante.
Cualquier persona física o jurídica que desee solicitar un puesto de venta ambulante.
Preferentemente de forma telemática a través del botón “Iniciar trámite”. Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.
Nombre: Venta ambulante.
Unidad tramitadora: Secretaría.
Inicio del procedimiento: A Instancia de parte.
Tipo de interesado: Persona física o jurídica.
Órgano de resolución: Secretaría.
Carácter silencio administrativo: Silencio positivo.
Plazo de resolución: 3 meses.
Tasas/Impuestos: Consultar las ordenanzas fiscales del apartado de normativa.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).
Presencial.