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Solicitud de ayudas al estudio para estudiantes curso 2024/2025

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Es objeto de estas bases regular la concesión por el Ayuntamiento de Carral, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para el estudio a los/a las estudiantes matriculados/las durante el curso académico 2024/2025 y empadronados/as en el municipio de Carral.

El objeto de estas ayudas es establecer ayudas complementarias para a financiación parcial de gastos ocasionados por la adquisición de libros de texto, material escolar, gastos de comedor escolar, transporte por estudios y gastos por pago de tasas y matrículas del alumnado matriculado en estudios de 2º ciclo de educación infantil, de educación postobligatoria (ciclos formativos, bachillerato o similares), o de los estudios universitarios oficiales que se indican, durante el curso académico 2024/2025.

La presentación de solicitudes se hará dirigidas al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Carral, pudiendo presentarse por cualquier de las formas señaladas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP en adelante). Entre las formas indicadas, podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Carral (que actuará como oficina de asistencia en materia de registros, según el artículo 16.4.c) LPACAP).

De forma telemática a través del botón “Iniciar trámite”.

El plazo de presentación es del 12 al 30 de mayo de 2025.

Para el trámite de solicitud ayuda escolar 2024/2025:

  • Anexo I : Solicitud con declaración de la persona solicitante y documentación que se adjunta (marcar x donde proceda).

Nombre: BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS AL ESTUDIO DEL AYUNTAMIENTO DE CARRAL PARA ESTUDIANTES PARA EL CURSO 2024/2025.

Unidad tramitadora: Departamento de Educación.

Órganos instructores: Técnica municipal de Educación.

Inicio do procedimiento: A instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física.

Órgano de resolución: Junta de Gobierno Local.

Carácter silencio administrativo: Silencio negativo.

Plazo de resolución: 6 meses.

Recurso aplicable: La resolución estimatoria o desestimatoria pone fin a la vía administrativa, y contra aquella podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Carral, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación del acuerdo de concesión, o directamente recurso-contencioso administrativo ante el Juzgado del Contencioso-administrativo de A Coruña competente, en el plazo y forma establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso- administrativa.

Tasas/Impuestos: No aplica.

Canales de atención: telefónica (981 613520) o presencial con cita previa.